Los políticos no apoyan el medioambiente

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Parece que, el gran problema existente con la explotación ganadera intensiva de gran volumen, altamente perjudicial para el medioambiente y contaminante por nitratos y otras sustancias procedentes de los purines si no se controlan adecuadamente y emisiones de gases, está ocasionado por un ministro.

Hagamos un planteamiento de la situación.

Políticas.

Las políticas europeas y de los diferentes gobiernos de España fomentan el desarrollo de la ganadería extensiva e intentan desarrollar el bienestar animal, la mejora de la calidad de los productos derivados y la protección del medioambiente. Así, el Código de Protección Animal y una muy compleja y diversa regulación relativa al sector ganadero, trata de garantizar unos mínimos relacionados con la salud e higiene de los animales y sus productos derivados.

Por otro lado, se dispone de una legislación de seguridad alimentaria muy amplia que regula las condiciones higiénicas de los alimentos.

Finalmente, las condiciones ambientales a cumplir están reguladas por legislación general de carácter ambiental como el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Esta última aplicable si los residuos procedentes de las granjas, especialmente los purines, no pueden ser valorizados aprovechándolos como abono en cultivos agrícolas. Además, existe otra normativa como, entre otras normas, el Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo a tener en cuenta.

En fin, una maraña de legislación que debe ser cumplida y sobre la cual @GesProSAL presta sus servicios para ayudar en este objetivo.

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Concepto de calidad.

Según el diccionario de la Real Academia tenemos dos acepciones que aplican a la situación.

  1. Adecuación de un producto o servicio a las características especificadas.
  2. Propiedad o conjunto de propiedades inherentes a algo que permiten juzgar su valor.

La primera, obviamente, no tiene discusión en el caso de cumplimiento de requisitos legales, ya que si no se cumplen, los animales y productos no podrían comercializarse.

La segunda, es lo que diferencia un animal o un producto bueno de otro no tan bueno, pero siempre cumpliendo la premisa anterior.

Daño medioambiental.

Los aspectos ambientales de la actividad ganadera, es decir, aquellos elementos que que pueden causar un daño al medioambiente (impacto ambiental) son:

  • Vertidos de residuos (purines) contaminan suelos, acuíferos y corrientes superficiales de agua, comprometiendo la potabilidad y, por ende, la biodiversidad, incluido el hombre.
  • Emisiones de gases (metano y otros), procedentes de la fermentación entérica en las digestión de los animales, descomposición de los purines, las máquinas y vehículos de combustión y elementos de calefacción por combustión.
  • Consumo de materias primas, principalmente para alimentación de los animales. Cuanto más ganado más necesidad de suelo y recursos agrícolas para la producción de piensos.
  • Compactación del terreno.
  • Deforestación.
  • Otros residuos (deshechos de maquinaria y vehículos, envases plásticos, etc.)

Como puede entenderse fácilmente, cuanto mayor número de animales y más concentrados, los impactos ocasionados son mayores y, este es el principal problema de lo que conocemos o se han dado en llamar macrogranjas.

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¡Qué cada uno saque sus conclusiones!

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